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Información General Certificados Registros Legalizaciones
 
Registros

Registro en la Embajada
Registro de Nacimiento
Registro de Matrimonio
Registro de Defunción

 


Registro en la Embajada

Todos los ciudadanos indios que residen en el exterior necesitan registrarse en la Embajada una vez al año. El Formulario de Solicitud [19.5 kb. *.doc] también está disponible en la Sección Consular. El formulario deberá estar llenado y firmado, y deberá enviarse una fotocopia de las primeras tres páginas del pasaporte actual. No habrá ningún recargo, sólo hasta que el solicitante pida un Certificado de Registro, el pago será de US$ 10.

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Registro de Nacimiento

En la Embajada podrán registrarse los nacimientos en Perú o Bolivia, se emitirá el certificado correspondiente (otros tipos de certificados de nacimiento, ver sección "Certificados de Nacimiento").

 
Nota: El registro de nacimientos sólo es para ciudadanos indios. Según la ley de ciudadanía india, un niño nacido en el exterior con padres indios en el momento del nacimiento puede obtener la ciudadanía india por descendencia. Sin embargo, el registro tendrá que hacerse entre los primeros 7 años del nacimiento. En caso que los padres no sean ciudadanos indios de nacimiento (son ciudadanos por descendencia, naturalización, etc.), el registro será durante el primer año de vida.
 

Se necesitan los siguientes documentos:

Formulario de Solicitud de Servicios Misceláneos [115 kb. *.doc], llenado y firmado en cuatro lugares, incluyendo la declaración, sin esto no continuará el servicio.

Pasaporte del padre o de la madre, en original

Algún documento de identidad del padre o madre que no sea ciudadano/a indio (pasaporte, DNI, carnet, etc.)

Certificado de nacimiento emitido por la autoridad del hospital o municipio o registro de nacimientos y defunciones.

Pago de US$ 20.

 
Atención: Según la ley peruana, cualquier niño nacido en Perú podrá tener un pasaporte peruano hasta la edad de 18 años, recién a esta edad podrá optar por la nacionalidad peruana o extranjera. Un niño nacido de padres indios en Perú, con pasaporte peruano, podrá optar por un pasaporte indio a la edad de 18 años, renunciando a la ciudadanía peruana. El nacimiento del niño deberá haber sido registrado en la Embajada.
 

Antes de solicitar el pasaporte indio para los niños nacidos en Perú, los padres deberán consultar con las autoridades de Inmigración.

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Registro de Matrimonio

La Embajada puede registrar solamente matrimonios realizados en Perú o en Bolivia. Sin embargo, el matrimonio tiene que ser entre dos personas de nacionalidad india y se celebrará en presencia del funcionario consular. La Embajada emite un certificado de Registro de Matrimonio que puede usarse como un certificado de matrimonio. No obstante, por requisitos locales, será necesario que las parejas indias registren su matrimonio con las autoridades locales respectivas.
Los solicitantes pueden comunicarse directamente con la Embajada para más información.

En caso que el matrimonio se haya celebrado en la India, la Embajada no emite ningún certificado original de matrimonio. Para más información, ver la sección "Certificado de Matrimonio".

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Registro de Defunción

El Registro de defunción y la emisión del certificado de defunción se realiza al mismo tiempo. Por favor ver la sección de "Certificado de Defunción".

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